www.paraprofesionales.com

[ACTUALIDAD DIARIA]

Revista electrónica para profesionales del Derecho

ACTUALIDAD DIARIA paraprofesionales.com Revista de Derecho, Jurisprudencia y Legislacion
Resumen

[J]

El Tribunal de Justicia anula parcialmente la sentencia del Tribunal de Primera Instancia sobre el registro como marca comunitaria del signo «BUD» y solicita al Tribunal General que se pronuncie nuevamente al respecto.
Una indicación geográfica protegida en un Estado miembro sólo puede impedir el registro de una marca comunitaria si se utiliza efectivamente de manera suficientemente significativa en el tráfico económico en una parte considerable de dicho Estado

(publicado en Actualidad Diaria 1924 el 30 de marzo de 2011)

texto publicado volver

El Reglamento sobre la marca comunitaria  dispone que un signo utilizado en el tráfico económico de alcance no únicamente local puede oponerse al registro de una marca comunitaria.
Entre 1996 y 2000, el fabricante de cerveza americano Anheuser-Busch solicitó a la Oficina de marcas comunitarias (OAMI) el registro como marca comunitaria del signo figurativo y denominativo BUD para determinados tipos de productos, entre los que figura la cerveza.
El fabricante de cerveza checo Budĕjovický Budvar presentó oposiciones en contra del registro de la marca comunitaria para la totalidad de los productos solicitados. En apoyo de sus oposiciones, la empresa checa invocaba la existencia de la denominación de origen «bud» protegida, por un lado, en Francia, en Italia y en Portugal, en virtud del Arreglo de Lisboa,  y, por otro lado, en Austria, en virtud de los Tratados bilaterales celebrados entre Austria y la antigua República Socialista de Checoslovaquia. 
La OAMI desestimó completamente las oposiciones de Budĕjovický Budvar debido, en particular, a que las pruebas aportadas por la empresa checa sobre el uso de la denominación de origen «bud» en Austria, Francia, Italia y Portugal eran insuficientes.
Budĕjovický Budvar interpuso un recurso ante el Tribunal de Primera Instancia, que anuló las resoluciones de la OAMI mediante las que se habían desestimado las oposiciones del fabricante de cerveza checo.  El Tribunal de Primera Instancia declaró que la OAMI había incurrido en errores de Derecho relativos a la protección de los derechos anteriores y al uso de la denominación controvertida.
Anheuser-Busch interpuso un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia ante el Tribunal de Justicia.
Mediante la sentencia que dicta hoy, el Tribunal de Justicia declara que la sentencia del Tribunal de Primera Instancia incurrió en un error de Derecho triple.
El Tribunal de Justicia señala, en primer lugar, que el Tribunal de Primera Instancia incurrió en error al considerar que, para demostrar que el alcance del signo «bud» no era únicamente local, era suficiente que dicho signo gozase de protección en varios Estados. El Tribunal de Justicia afirma a este respecto que, incluso si el alcance geográfico de la protección del signo de que se trata va más allá del ámbito local, dicho signo sólo puede impedir el registro de una marca comunitaria si se utiliza efectivamente de manera suficientemente significativa en el tráfico económico en una parte considerable del territorio en que está protegido. El Tribunal de Justicia precisa igualmente que la apreciación del uso en el tráfico económico debe realizarse separadamente para cada uno de los territorios en los que el signo goce de protección.
A continuación, el Tribunal de Justicia afirma que el Tribunal de Primera Instancia incurrió igualmente en error al considerar que el Reglamento no requería que el signo «bud» se hubiese utilizado en el territorio de protección y que la utilización en un territorio distinto de aquel en el que el signo está protegido puede bastar para impedir el registro de una nueva marca, incluso si no se ha utilizado en absoluto en el territorio de protección. En este contexto, el Tribunal de Justicia señala que los derechos exclusivos que se derivan del signo sólo pueden entrar en conflicto con una marca comunitaria en el territorio de protección del signo, ya sea en la totalidad o solamente en parte del mismo.
Por último, el Tribunal de Justicia señala que el Tribunal de Primera Instancia también incurrió en error de Derecho al considerar que tan sólo debía demostrarse que el signo controvertido se había utilizado en el tráfico económico antes de la publicación de la solicitud de registro de la marca y no, a más tardar, antes de la fecha de presentación de dicha solicitud. En efecto, habida cuenta, en particular, del plazo significativo que puede transcurrir entre la presentación de la solicitud y la publicación de ésta, la aplicación del criterio de la fecha de presentación de la solicitud puede ser una mejor garantía de que el uso invocado del signo controvertido es un uso real y no una práctica cuya única finalidad sea la de impedir el registro de una nueva marca. Además, por lo general, la utilización de un signo controvertido realizada exclusivamente o en gran medida durante el período situado entre la presentación de la solicitud de registro de una marca comunitaria y la publicación de dicha solicitud no bastará para determinar que dicho signo ha sido utilizado en el tráfico económico y demostrar que posee un alcance suficiente.
El Tribunal de Justicia, a la vez que desestima los otros motivos invocados por Anheuser-Busch en su recurso de casación, anula parcialmente la sentencia del Tribunal de Primera Instancia en la medida en que, según se ha constatado, dicha sentencia incurre en tres errores de Derecho. Habida cuenta de que el estado del litigio no permite que el Tribunal de Justicia se pronuncie al respecto, éste devuelve el asunto al Tribunal General para que se pronuncie nuevamente.


    Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).

    Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional, de 31 de octubre de 1958, revisado en Estocolmo el 14 de julio de 1967 y modificado el 28 de septiembre de 1979 (Recueil des traités des Nations unies, vol. 828, nº 13172, p. 205).

    Tratado en materia de protección de las indicaciones de procedencia, denominaciones de origen y otras denominaciones relativas a la procedencia de los productos agrícolas e industriales firmado el 11 de junio de 1976 entre Austria y la República Socialista de Checoslovaquia y Acuerdo bilateral de aplicación de dicho Tratado.

    Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, de 16 de diciembre de 2008, Budĕjovický Budvar/OAMI, (asuntos acumulados T‑225/06, T‑255/06, T‑257/06 y T‑309/06), véase también CP 95/08.

texto publicado volver


Las e-fuentes consultadas:

Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
Jurisprudencia: TC, TS, TJUE y TEDH.
Noticias: europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA, EXPANSI�N, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com
Documentaci�n oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ.
Documentaci�n corporativa: Consejo General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

paraprofesionales.com es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com es una web de PYB Enterprises, SL.

PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo: Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n (MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto.

PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo 18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075, Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases de datos de clientes están registradas en la Agencia Estatal de Protección de Datos.
Empresa autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.

ACTUALIDAD DIARIA

ACTUALIDAD DIARIA

Incluye suscripción, Revista electrónica para profesionales del Derecho (Diario)

Y, además, disfrutará de nuestras siete ventajas como suscriptor

Precio: 157,79€ Oferta: 142,01€ (iva incl.)

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento IRPF 2024

Memento IRPF 2024

1400 páginas, edición anual, abril 2024, Incluye suscripción, La tranquilidad de tener las claves para no pagar de más.

Precio: 164,32€ Oferta: 156,10€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Todo Renta  2024 - Guia declaración 2023

Todo Renta 2024 - Guia declaración 2023

1800 páginas, edición anual, marzo 2024, Guía de la declaración 2023

Precio: 242,32€ Oferta: 230,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Fiscal 2024 (s)

Memento Fiscal 2024 (s)

2300 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos. ¡El libro que todos los asesores y juristas tienen cerca de su mesa.

Precio: 203,84€ Oferta: 193,65€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Social 2024 (s)

Memento Social 2024 (s)

2200 páginas, edición anual, marzo 2024, Incluye suscripción, Edición especial para colectivos

Precio: 193,44€ Oferta: 183,77€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

Memento Procedimientos Tributarios 2024-2025

1400 páginas, edición bienal, enero 2024, Asegure el éxito de sus procedimientos Tributarios con la última información

Precio: 156,00€ Oferta: 148,20€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Empleado Público 2024-2025

Memento Empleado Público 2024-2025

1000 páginas, edición anual, diciembre 2023,

Precio: 101,92€ Oferta: 96,82€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

Memento Grupos Consolidados 2024-2025

1100 páginas, edición bienal, diciembre 2023,

Precio: 145,60€ Oferta: 138,32€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

Memento prevención de Riesgos Laborales 2024-2025

1750 páginas, edición bienal, diciembre 2023, La información que necesita para evitar sanciones , sin rodeos. Referencias a la normativa, jurisprudencia y doctrina de aplicación en cada caso.

Precio: 116,48€ Oferta: 110,66€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

Pack Memento Procesal Civil 2024 + Memento Procesal Penal 2024 + Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2024

edición anual, diciembre 2023,

Precio: 239,20€ Oferta: 227,24€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

Arrendamientos Urbanos. Comentarios, legislación y Jurisprudencia

824 páginas, 2ª edición, noviembre 2023,

Precio: 83,10€ Oferta: 78,95€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750